El magistrado considera desproporcionado que la existencia de un 0,2% de contagiados sirva para limitar los derechos del 99,8% de ciudadanos

En la tarde de ayer se hizo pública otra resolución judicial que se opone a las medidas contra el coronavirus. Un juez de Murcia que no ratifica las decisiones de limitar las reuniones sociales a un máximo de 6 personas, aprobada por el Gobierno autonómico.

En el escrito, el magistrado asegura que la existencia de un 0,2% de contagiados no puede servir para limitar los derechos del 99,8% de ciudadanos “sanos y cumplidores”.

Desde la Consejería de Salud indican, no obstante, que la orden sigue en vigor, algo que también afirman los servicios jurídicos. Desde el departamento de Villegas sostienen que cuentan con los informes epidemiológicos con los que sustentan la orden del 26 de agosto, aunque el juez considera «escueto» el informe epidemiológico recibido.

Ante el crecimiento de la curva epidemiológica de casos de coronavirus en Murcia, el pasado lunes el Gobierno regional anunció que se iban a endurecer las restricciones que ya aplicaban en la comunidad autónoma.

Según sus cálculos, el 40% de los contagios en Murcia se deben al ámbito de ocio, celebraciones, hostelería y las reuniones familiares, por lo que se limitaron las reuniones de ocio y familiares en espacios públicos o privados a un máximo de seis personas si no eran convivientes todos ellos.

Asimismo, el aforo de bodas, bautizos y comuniones se limitaba a 30 personas, y en los velatorios y actos fúnebres a 15 personas en espacios cerrados y a 25 en zonas del aire libre.

Por otro lado en Lorca, Murcia, Alhama de Murcia y Fuente Álamo, municipios con más incidencia del coronavirus, se reducía al 40% de aforo en los locales de ocio y hostelería. Esta norma afectaba a todas las localidades que se encontraban en 120 casos por cada 100.000 habitantes.

Además, se implantaban ‘puntos covid’ de recogida de muestras para su análisis PCR en el Barrio Peral de Cartagena, Fuente Álamo y en Murcia.

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