Los locales de ocio que incumplan el límite de aforo podrían ser multados con hasta 600.000 euros

Hasta seis mil euros de multa. A eso se expone un local de ocio de Murcia si no cumple con la normativa del aforo permitido. Esa es una de las sanciones que se contemplan en el decreto que hoy ha aprobado el consejo de gobierno durante su reunión semanal celebrada en el Palacio de San Esteban.

Se recogen sanciones desde los 100 a los 600 mil euros, de carácter leve, grave o muy grave según los casos para quienes, por ejemplo, no cumplan la cuarentena, se salten un confinamiento o no respeten un aforo determinado. Sobre esa tipologia de sanciones hablaba el consejero de Salud, Manuel Villegas.

El consejero de Salud, Manuel Villegas, en la rueda de prensa – GOBIERNO REGIONAL

Unas sanciones que deberán imponer los agentes de la autoridad, tanto Guardia Civil como Policia Nacional y policias locales. Eso sí, también los inspectores de sanidad tienen potestad para sancionar aunque , según el consejero Villegas, lo que se busca ante todo es responsabilizar.

En cuanto a los brotes, la novedad hoy es que actualmente hay cinco brotes. El último en detectarse se ha dado en Murcia capital aunque ese y el resto está previsto que se den por cerrados en los próximos días.

Es el brote de Bolivia el que más preocupa con 67 afectados. El último de ellos podría estar relacionado con un brote en un local de ocio nocturno aunque el consejero de Salud reconocía que aún se está investigando.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto Ley que establece el régimen sancionador para afrontar el incumplimiento de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la covid-19, entre las que destacan el uso de mascarillas y el aislamiento domiciliario prescrito por los facultativos.

El Gobierno regional autorizó el 19 de junio el acuerdo relativo a las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia. En función de la evolución epidemiológica y los brotes detectados, se modificó por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio, por el que se acordaba el uso obligatorio de mascarilla en toda la Región de Murcia.

Ambos acuerdos establecieron las medidas relativas a la protección de la salud pública y una serie de limitaciones a la movilidad y otras actividades, cuyo incumplimiento es susceptible de ser denunciado por los cuerpos policiales e inspectores de las diferentes administraciones.

El Decreto Ley aprobado hoy tiene por objeto adoptar medidas que permitan a la Administración afrontar con celeridad y eficacia la resolución de los procedimientos sancionadores que se incoen por incumplimiento de las disposiciones vigentes dictadas para paliar la pandemia. Esta resolución clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, en función de la conducta y la exposición al riesgo sanitario que conlleve.

Dentro de las infracciones leves, sancionadas con multas de 100 euros hasta un máximo de 3.000, se prevé desde el no uso o uso incorrecto de la mascarilla, en cuyo caso la multa será siempre de 100 euros; el incumplimiento de información de aforos, distancia social y uso de mascarillas por los locales públicos; el incumplimiento de las medidas de higiene y generales, cuando éste no suponga riesgo de contagio o afecte a menos de 15 personas, hasta el incumplimiento de la medida cautelar de aislamiento acordada por la autoridad sanitaria competente en personas que no hayan dado positivo en covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confirmado.

En las infracciones graves se incluye el incumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas para cualquier tipo de establecimiento o actividad, en espacios o locales, públicos o privados, no respetar los límites de aforo o del número máximo de personas permitido a los establecimientos o en las actividades, el incumplimiento de la elaboración de planes de contingencia, hasta la organización de reuniones o fiestas en las que se produzcan aglomeraciones que dificulten adoptar las medidas sanitarias de prevención, o el incumplimiento del deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria o del confinamiento decretado. Estos casos de infracción grave serán sancionados con una multa que oscilará entre los 3.001 euros y los 60.000 como cuantía máxima.

Por último, y dentro de las infracciones muy graves, sancionadas con multas que pueden alcanzar los 600.000 euros, se tipifican conductas que incumplan las medidas generales cuando este comportamiento pueda suponer un riesgo de contagio a más de 100 personas, y la realización de actividades que hayan sido expresamente suspendidas y el reiterado deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria.

Sin casos en las UCI

El consejero de Salud, Manuel Villegas, recalcó hoy, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Consejo de Gobierno, que “la evolución epidemiológica puede cambiar de hoy para mañana, y hay que agilizar en la medida de lo posible y con todas las garantías legales, la adopción de las medidas necesarias de una forma ágil y eficaz”.

Según los datos recabados por el Servicio de Epidemiología de la Región de Murcia hasta las 24:00 horas de ayer, el número de afectados en la Región desde el comienzo de la pandemia es de 3.487 personas.

El número de casos activos es en la actualidad de 88 personas, de las que 19 se encuentran hospitalizadas, sin ingresos en Unidades de Cuidados Intensivos (UCI). Otras 69 personas permanecen en aislamiento domiciliario. 1.550 es el número de personas que han superado la enfermedad y hasta la fecha se han registrado 151 fallecimientos.

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