El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) recoge este viernes la Orden de la Consejería de Salud por la que se adoptan medidas, algunas de carácter obligatorio y otras con consejos generales o dirigidos a sectores específicos, en relación con la “pandemia global” del coronavirus, ante el “incremento continuo” del número de casos confirmados en la Comunidad Autónoma.

El documento apunta que “resulta preciso implementar con carácter urgente las medidas de contención activa frente a la evolución epidémica para evitar el contagio comunitario”.

A este efecto, además de las medidas acordadas para todo el territorio nacional, la Consejería extiende al ámbito territorial de la Región de Murcia algunas previstas para las áreas de riesgo con “circulación significativa”.

En la Orden se especifica que las recomendaciones, cuyo fin es “el control de la infección basándose en el escenario dinámico en el que se desarrolla la pandemia”, pueden pasar a ser obligatorias “si se intensifican las necesidades de contención debido al riesgo de contagio comunitario”.

Las medidas preventivas y recomendaciones previstas en la Orden estarán vigentes hasta el 31 de marzo, “sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva”.

Asimismo, el documento recoge que el Gobierno regional y, singularmente, la Consejería de Salud y sus equipos técnicos, están realizando “todos los esfuerzos posibles” para hacer frente a esta “crisis sanitaria” que “requiere del compromiso y la colaboración de todos los ciudadanos”.

Entre las medidas preventivas incluidas en la Orden se encuentran la suspensión de las actividades colectivas celebradas en espacios cerrados y que implique la asistencia de más de 1.000 personas y la celebración “a puerta cerrada” de grandes eventos deportivos, profesionales o no.

Esto incluye los partidos de primera y segunda división de fútbol, fútbol sala y sus equivalentes de baloncesto, así como todos aquellos eventos que comporten “un número importante de movimiento de aficionados”.

El documento también hace referencia al cierre temporal de los centros de ocio de personas mayores, con el fin de “reducir el impacto del coronavirus en el segmento de población más frágil y vulnerable”.

En el caso de concentraciones, eventos o reuniones de más de 50 personas, o en las que no se puede controlar el aforo o procedencia de los asistentes, se recomienda “encarecidamente” su suspensión, ampliable y revisable, “en función del devenir de los acontecimientos”.

En todo caso, añade la Orden, si estos eventos se celebrasen, el organizador o convocante deberá adoptar las medidas que garanticen que los mismos no suponen un riesgo para la salud de los asistentes.

Para ello y en caso de duda, la Comunidad aconseja recabar información adicional de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, que analizará, evaluará e informará sobre la conveniencia o procedencia de realizar el acto.

Tanto las residencias de personas mayores como centros socio-sanitarios, deberán hacer riguroso seguimiento del protocolo de actuación acordado por el Ministerio de Sanidad para este colectivo, que propone el confinamiento para aquellos usuarios que sean caso confirmado o probable, o bien tengan alguna enfermedad respiratoria.

Asimismo, se hace una “especial recomendación” a las personas mayores o con enfermedades crónicas, para que eviten abandonar su hogar o residencia a fin de prevenir la posible infección, y un llamamiento “de forma encarecida” para el fomento del cuidado domiciliario de los mayores.

En lo que respecta al medio laboral, la Comunidad recomienda a las empresas que apliquen el teletrabajo siempre que sea posible, así como la revisión y actualización de sus planes de continuidad de la actividad laboral ante emergencias.

También se aconseja que se facilite flexibilidad horaria para posibilitar la conciliación familiar en estas circunstancias, así como fomentar las reuniones por videoconferencias.

SIN COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA